6. Los generadores de aerosoles podrán utilizarse como extintores, siempre que cumplan el Real Decreto 1381/2009, de 28 de agosto, por el que se establecen los requisitos para la fabricación y comercialización de los generadores de aerosoles, modificado por el Verdadero Decreto 473/2014, de 13 de junio y dispongan de una evaluación técnica conveniente de la idoneidad para su uso previsto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 de este Reglamento. Interiormente de esta evaluación se deberá tomar en consideración que estos productos deben de cumplir con los requisitos que se les exigen a los extintores portátiles en las normas de aplicación, de forma que su capacidad de terminación, su fiabilidad y su seguridad de uso sea, al menos, la misma que la de un extintor portátil convencional.
1. El Reglamento ratificado por el presente Positivo decreto será de aplicación a los nuevos establecimientos industriales que se construyan o implanten a partir de su entrada en vigor. Los establecimientos industriales sin embargo existentes con prioridad a la entrada en vigor del Reglamento ratificado por este Positivo decreto no tendrán que adaptarse obligatoriamente a las nuevas exigencias, y continuarán rigiéndose por la reglamentación que les Cuadro de aplicación con anticipación, excepto en los aspectos indicados en los siguientes apartados.
3.º Nombre y cargo del representante de la propiedad responsable frente a las operaciones de mantenimiento que se van a resistir a agarradera.
Comprobar si se han realizado cambios o modificaciones en cualquiera de las componentes del sistema desde la última revisión realizada y proceder a su documentación.
En el caso de que una o varias operaciones de mantenimiento las realice el adjudicatario o titular de la instalación, tal y como se permite para las operaciones recogidas en las tablas I y III, no será obligatorio que las actas de tales operaciones sean conformes con lo dispuesto en la norma UNE 23580, sino que será suficiente con que estas contengan, al menos, la información citada anteriormente (aparte los apartados a.
Estos sistemas solo serán utilizables cuando quede garantizada la seguridad o la Mas información eyección del personal.
2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior empresa certificada rango contradigan lo dispuesto en este Positivo decreto.
El contenido del presente Verdadero decreto se aprueba Internamente del marco de la seguridad industrial, de acuerdo con lo establecido en la Ley 21/1992, de 16 de julio, de Industria. Cabe destacar que dicha clase no sólo prevé los reglamentos de seguridad industrial, sino que define el situación en el que ha de desenvolverse la seguridad industrial, estableciendo los instrumentos necesarios para su puesta en aplicación, de conformidad con las competencias que corresponden a las distintas Administraciones públicas.
Durante el citado plazo de aplicación facultativa podrá optarse por aplicar red seca contra incendios el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales aceptado por el presente Existente decreto o, de lo contrario, deberá aplicarse el Reglamento vigente con antelación, admitido por el Vivo Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre.
Las instalaciones destinadas a alumbrado de emergencia, deben apuntalar, en caso de falta del alumbrado normal, la iluminación en los locales y accesos hasta las salidas, para garantizar la seguridad de las personas que evacuen una zona, y permitir la identificación de los equipos y medios de protección existentes.
Últimos datos de siniestralidad Informes anuales de siniestralidad Actividades prioritarias en función de la siniestralidad Estudios Indicadores evolutivos
1. El mantenimiento de equipos y sistemas a los que se refiere este Reglamento se realizará por empresas mantenedoras, debidamente habilitadas frente a el órgano competente de la Comunidad Autónoma en la que solicita el alta como empresa mantenedora, en los equipos o sistemas que vayan a nutrir.
2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan empresa certificada lo dispuesto en este Verdadero decreto.
«En el caso de que por normativa de dotación de protección contra incendios se exija instalar BIE, estas se situarán preferentemente cerca de las puertas o panorama. Se situará siempre una BIE a una distancia máxima de 5 metros de distancia de cada salida de sector de incendio, medida sobre un recorrido de deyección, sin que constituyan obstáculo para su utilización; excepto en los casos donde luego exista otra BIE situada en otra salida Servicio de dicho sector y esta cubra toda la superficie a proteger, o menos que la estatuto específica disponga otra cosa.»